La Confederación FENATS NACIONAL declara públicamente estar
en contra de la criminalización de la protesta social y desenmascarar las
causas profundas tras el aparataje jurídico represivo del proyecto de Ley
Maldita 2.0 de "RESGUARDO DEL ORDEN PÚBLICO" Ley Antiprotesta o Ley
Hinzpeter que se pretende aprobar esta ley durante estos meses de verano,
proyecto de ley que ya ha sido aprobado en la cámara de diputados y que hoy ha
sido visto en la Comisión de ciudadanía antes de su paso final en el Senado
para aplicarla a partir de marzo próximo presentado 27 de septiembre de 2011.
Dicho proyecto de ley elimina las multas como penas
facultativas para los delitos comprendidos en la disposición, o sea deja la
pena de cárcel como única alternativa, y distingue la gravedad de las distintas
hipótesis, para asignar la respectiva pena privativa de libertad. La normativa
reemplaza el tipo penal del delito de desórdenes públicos, contenido en el
artículo 269 del Código Penal, por una nueva figura que sanciona con una pena
de presidio menor en su grado medio, esto es, de 541 días a 3 años, a los que
participen o hayan incitado, promovido o fomentado, desórdenes o cualquier otro
acto de fuerza o violencia que implique: paralizar o interrumpir algún servicio
público, tales como los hospitalarios, los de emergencia y los de electricidad,
combustibles, agua potable, comunicaciones o transporte; invadir, ocupar o
saquear viviendas, oficinas, establecimientos comerciales, industriales,
educacionales, religiosos o cualquiera otro, sean privados, fiscales o
municipales; impedir o alterar la libre circulación de las personas o vehículos
por puentes, calles, caminos u otros bienes de uso público semejantes; atentar
en contra de la autoridad o sus agentes; emplear armas de fuego, cortantes o
punzantes, artefactos o elementos explosivos, incendiarios o químicos u otros
capaces de producir daños a las personas o a la propiedad; o causar daños a la
propiedad ajena, sea pública, municipal o particular. Finalmente, entre otras
materias, el proyecto agrega dentro de las actuaciones de las policía sin orden
previa, contenidas en el artículo 83 del Código Procesal Penal, una nueva letra
f) que permite a las fuerzas de Orden y Seguridad consignar la existencia y
ubicación de fotografías, filmaciones, grabaciones y, en general, toda
reproducción de imágenes, voces o sonidos que se hayan tomado, captado o
registrado y que sean conducentes para esclarecer los hechos que constituyan o
puedan constituir delito y obtener su entrega voluntaria o una copia de las
mismas. Desde ya puede entenderse la gravedad de que el Parlamento apruebe
semejante legislación, que por su amplitud puede castigar cualquier expresión
de protesta, más aún cuando le entrega la facultad legal a las policías para
fabricar pruebas casi a voluntad, ya que no solo castiga y condena a los
implicados a llamar a algún tipo de manifestación, sino que también obliga a
los gráficos y/o audiovisuales a entregar su trabajo.
Es más urgente que nunca que la sociedad civil se movilice
de todas las formas que sea posible, para oponerse a esta ley.
Con el afán de informar de manera mas clara la putrefacta
ley de "resguardo del orden publico" recolectaremos firmas de apoyo
en todos los recintos de salud y lugares públicos llamando a protestar, además
llamamos a los parlamentarios a no aprobar este aberrante proyecto de ley y
convocamos a las organizaciones a informar a las diferentes organizaciones
sociales sobre esta grave situación a fin que expresen su más rotundo rechazo.
Confederación FENATS NACIONAL
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